Y si las divorciáis antes de haberlas tocado, pero habiéndoles asignado ya la dote, [dadles] la mitad de lo asignado --a menos que ellas renuncien a su derecho o aquel en cuya mano está el contrato de matrimonio renuncie a su derecho [a la mitad de la dote]: y la renuncia es más afín a la consciencia de Dios. Y no olvidéis [que debéis actuar] con generosidad entre vosotros: ciertamente, Dios ve todo lo que hacéis.